Cuando una persona fallece solicitamos el certificado de últimas voluntades (podemos solicitarlo por ti en la notaría), este certificado tarda unos 15 días, y en él nos vendrá si el fallecido tenía o no tenía testamento.
Si el fallecido tenía testamento no es necesario hacer la declaración de herederos.
Si el fallecido no tenía testamento, para hacer la declaración de herederos se necesitará:
- Acudir a una notaría del lugar dónde el causante haya tenido su último domicilio en España.
- DNI de la persona que promueve el acta (que solicita la declaración de herederos) Para poder hacerlo se tiene que ser ascendiente, descendiente o cónyuge del fallecido. Aunque haya varios herederos, sólo es necesario que una de ellas solicite que se haga la declaración de herederos.
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Certificado literal de matrimonio del difunto si estaba casado.
- Certificados literales de nacimientos si tuviera hijos.
- Libro de familia.
- DNI o certificado de empadronamiento del difunto para comprobar último domicilio.
- 2 testigos que conocieran al difunto.
Notaría Ramallo
Paseo General Martínez Campos, 21
28010 Madrid
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