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lunes, 30 de junio de 2014

Caudal hereditario: Colación

Hoy hemos publicado una artículo en nuestra web sobre colación hereditaria.
El otro día llegó una consulta a nuestra notaría en la que nos preguntaban lo siguiente:

Cuatro hermanos tenían que hacer la adjudicación de la herencia de su padre. El padre había estado enfadado durante muchos años con uno de ellos así que en testamento le dejaba sólo la estricta legítima.

Había que calcular el caudal hereditario y 1/12 sería suyo.

Para el cálculo del cuadal hereditario se tuvo en cuenta que el piso en el que vivía su padre con una de sus hermanas, había sido donado por el padre a las hermanas años antes de fallecer, por lo tanto al cálculo de caudal hereditario había que sumarle el valor del piso. El problema surgió cuando el hermano quería que se tuviera en cuenta el valor que se le dio al piso en el momento de la donación y no en el momento de la adjudicación de herencia.

El código civil establece que las donaciones que hayan recibido las hermanas deberán ser traídas al caudal hereditario, y el artículo 1045 dice que se tendrá en cuenta el valor del bien en el momento de la adjudicación de herencia.

Para cualquier aclaración sobre herencias, podéis contactar con nosotros en Notaría Ramallo:
Paseo General Martínez Campos, 21
28010 Madrid
91 444 41 33

miércoles, 4 de junio de 2014

Renunciar a una #Herencia ante #Notario en #NotaríaMadrid (#NotariaMadrid)

Para poder renunciar a una herencia tenemos que saber que somos herederos, para eso hay que esperar al fallecimiento de la persona que creemos que nos va a dejar una herencia.

Se podría renunciar sin que hubiera fallecimiento a la legítima, pero no tiene sentido, es mejor esperar a ver qué heredamos, y así ver si nos interesa o no.

El documento de renuncia de herencia es  un documento relativamente rápido que si acude a la notaría con cita previa y la documentación preparada se podrían llevar en el mismo día.

Nuestra recomendación es que acudan a nuestra #notariaMadrid con el certificado de defunción, solicitemos el certificado de últimas voluntades, para saber dónde está el último testamento que hizo el fallecido.

Renunciar a la herencia implica no poder beneficiarse de los activos pero tampoco ser perjudicado en caso de haber pasivo (deuda). No se puede hacer renuncia parcial, lo que sí se podría hacer es aceptación de herencia a beneficio de inventario.


Si alguien no quiere aceptar una herencia, no puede hacer nada que implique la aceptación de la misma porque entonces se considerará que la herencia ha sido aceptada.

La renuncia a la herencia es irrevocable.

Si quieres más información sobre renunciar a una herencia, pasa por Notaría Ramallo en Madrid y estaremos encantados de poder atenderte.